Bismillaah, wal-hamdulilaah, was-salaatu was-salaamu 'alaa rasoolillaah
Pregunta:
¿Cuáles son los días en los que se debe ayunar por ser un acto voluntario que el Profeta, sal-lal-lahu ‘alaihi wa sal-lam, nunca dejaba? ¿Cuál es el juicio de la Shari‘ah acerca de ayunar el día del año nuevo de la Hégira (el primer día de Muharram), el decimoquinto de Rayab y otros parecidos?
Respuesta:
Alabado Sea Al-lah, Señor del Universo. Doy testimonio que nada ni nadie merece ser adorado sino Allah, y que Muhammad,sallallahu ‘alaihi wa sallam, es Su siervo y mensajero.
No es obligatorio ayunar ningún día fuera de Ramadán; si bien alguien puede verse obligado a ayunar por ciertas razones, tales como recuperar el ayuno de un día de Ramadán, cumplir un Nadher (voto), o como expiación.
Ahora, todo ayuno voluntario es favorable: el día de ‘Arafah, Tasu‘a’ [el noveno día de Muharram], ‘Ashura’ [el décimo día de Muharram], el lunes y el jueves de cada semana, los tres días de luna llena [13, 14 y 15 del mes lunar], ayunar un día sí y otro no, y ayunar seis días de Shawwal.
El ayuno de algunos días es más favorable y trae más recompensa que el de otros. En primer lugar de preferencia se encuentra el ayuno del día de ‘Arafah para aquel que no esté realizando el Hayy (peregrinación mayor), luego sigue el ayuno de ‘Ashura’ y luego, viene ayunar seis días de Shawwal.
Hay Hadices acerca de la virtud de ayunar el día de ‘Arafah y ‘Ashura’. Abu Qatadah, que Allah Esté complacido con él, narró que el Profeta, sallallahu ‘alaihi wa sallam, dijo: “El ayuno del día de ‘Arafah expía [los pecados de] dos años: el anterior y el próximo. Y el ayuno de ‘Ashura’ expía (los pecados cometidos en) el año anterior.” [Ahmad] También se narró el Hadiz siguiente acerca de ayunar seis días durante el mes de Shawwal: “Aquel que ayune el mes de Ramadán y luego lo siga con el ayuno de seis días de Shawwal, será como si hubiese ayunado toda la vida.” [Muslim, Abu Dawud, Ibn Mayah, Ahmad y At-Tirmidhi]
Sin embargo, ayunar el día del año nuevo de la Hégira [el primer día de Muharram] es una Bid‘ah porque no hay pruebas al respecto excepto si éste coincide con un día en el que alguien esté ayunando por otro motivo que no sea celebrar el año nuevo. Lo mismo sucede con aquel que cumple unos días de ayuno por una u otra razón y éstos coinciden con los días de Rayab. Tampoco se debe determinar un día específico de este mes para observar en él el ayuno, como por ejemplo el día de la mitad de Rayab, ya que los Hadices narrados al respecto son de grado Da‘if.
Ibn Hayar, que Allah lo Perdone, dijo: “No se narró ningún Hadiz Sahih (auténtico) que se considere como prueba de la virtud del mes de Rayab, el ayuno en él o en algún día específico del mismo. Tampoco hay ningún Hadiz Sahih que se considere como justificación para determinar una noche en particular para la adoración.”
Y Allah Sabe mejor